23 septiembre 2016

INFORMACIÓN IMPORTANTE DE LOS SERVICIOS DE COMEDOR Y AULA MATINAL

Estimados usuarios del servicio de comedor y aula matinal,
En cumplimiento de lo establecido en el Artículo 23 de la ORDEN de 3 de agosto de 2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de horario
Artículo 23. Pérdida de la condición de usuario. El alumnado causará baja en alguno de los servicios complementarios a los que se refiere la presente Orden…
cuando no se utilice un determinado servicio durante cinco días consecutivos sin causa justificada, previa comunicación de la persona que ejerza la dirección del centro a los representantes legales del alumnado.

EN EL SIGUIENTE ENLACE TE PUEDES DESCARGAR LA ORDEN COMPLETA: 
http://www.adideandalucia.es/normas/ordenes/Orden3agosto2010servicioscomplementarios.pdf



La Dirección